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Iglesia

Para contraer matrimonio por la Iglesia necesitarás cumplir una serie de requisitos y obtener la documentación necesaria para acreditar dichos requisitos y poder hacer el expediente matrimonial. Este expediente se realiza en la parroquia que nos corresponde con dos testigos mayores de edad, con sus DNI correspondientes, que no deben ser familia de ninguno de los novios pero si conocerlos bien para que den fe de que ninguno de los novios está casado, ni va obligado, ni tiene impedimento alguno para contraer matrimonio. Estos testigos no tienen porque coincidir con los elegidos para el día del enlace. Esta declaración puede ser sustituida por un certificado de estado civil donde figura la soltería de los novios y que habrá que presentar si los novios pertenecen a diócesis distintas de donde se van a casar o si han estado más de un año en el extranjero.

El primer documento que necesitas es una partida de bautismo, esta se solicita en la parroquia donde fuiste bautizado, pero si no resides en la ciudad donde te bautizaste puedes hacerlo en la parroquia que te corresponde en el sitio que vives actualmente y legalizar el documento a través del Obispado de tu ciudad de origen.

Pasamos al siguiente documento necesario, que en este caso es una partida de nacimiento de los novios o llevar el libro de familia de los padres con una copia de la página donde consta nuestro nacimiento registrado. La partida de nacimiento puede solicitarse por internet al ministerio de justicia en http://www.justicia.es o en el registro civil.

También necesitarás un certificado de empadronamiento que puedes solicitar en el ayuntamiento de tu ciudad, una copia del documento nacional de identidad de cada uno de los contrayentes compulsada, es decir, que tendrás que llevar el DNI original para hacer la comprobación de que la copia coincide con el documento real, y un justificante de la realización del cursillo prematrimonial que la Iglesia obliga a pasar antes de contraer matrimonio religioso y que puedes realizar en la parroquia que desees y más te convenga.

Los novios tienen que estar confirmados y presentar la partida de este sacramento en caso de que no venga reflejada en la de bautismo. Si alguno de los novios no esta confirmado tiene que pedir una dispensa para celebrar el sacramento de confirmación para adultos. En algunas comunidades este requisito no es obligatorio y es suficiente con presentar la partida de bautismo.

Si uno de los novios es viudo tendrá que presentar la partida de defunción del cónyuge que se solicita en el registro civil.

Los menores de edad deben presentar un permiso paterno para contraer matrimonio. También puede ser dado por sus tutores en el caso de no tener padres o por un juez de familia.

Si alguno de los novios está separado o divorciado no puede casarse por la iglesia a no ser que obtenga la nulidad de su anterior matrimonio otorgada por un tribunal eclesiástico, para ello tendrá que demostrar que el matrimonio no tuvo validez alegando razones como la impotencia, la consanguinidad, la coacción, etc.

Si uno de los novios es extranjero debe presentar la partida de nacimiento legalizada y puede presentar en lugar del DNI su pasaporte o la tarjeta de residencia.

Necesitan una dispensa los casos especiales como matrimonios entre distintas religiones, entre bautizado y no bautizado, entre personas de distinta nacionalidad, entre novios que son familia directa o los celebrados sin estar presente uno de los contrayentes.

Es importante tener en cuenta la caducidad de los documentos necesarios para la tramitación del expediente matrimonial ya que a los 6 meses suelen perder su validez.

En la parroquia se publicarán y se mostrarán en el tablón de anuncios las amonestaciones del enlace durante al menos tres semanas para ver si hay algún impedimento para la boda y en caso de que nadie se oponga se podrá celebrar la ceremonia religiosa.

El sacramento del matrimonio ha de ser gratuito, sin embargo el sacerdote puede solicitarnos un donativo para la iglesia. Hay algunas iglesias donde se pide una cantidad fija para casarse pero debes saber que en ningún caso se nos debería exigir un pago salvo que la iglesia nos proponga añadir algunos extras a la ceremonia a cambio y este sea para cubrir dichos gastos adicionales.

Un mes antes de la boda se pasa por la parroquia a por el expediente matrimonial y se entrega en el obispado para obtener el certificado de matrimonio canónigo contraído que hay que entregar en la parroquia donde celebramos la boda. Dicho certificado han de firmarlo en la parroquia para presentarlo en el registro civil y obtener el libro de familia una vez celebrada la boda, teniendo un plazo de cinco días hábiles de plazo a partir del día de la boda. En algunas parroquias realizan este trámite en nombre de los novios.

El día de la boda la tradición marca que el padrino entrega el ramo de novia a esta por la mañana en su casa. El novio y la novia salen cada uno de su casa acompañados de la madrina el novio y del padrino la novia y precedidos por los familiares más jóvenes primero y los mayores después.

En la iglesia llega primeramente el novio con sus padres donde reciben y dan la bienvenida a los invitados. Antes de la llegada de la novia el novio entra con su madre al interior de la iglesia esperando en el altar a la novia y ocupando el asiento derecho. Del mismo modo los invitados esperan la llegada de la novia en el interior del templo, sentados los invitados de la novia al lado izquierdo y los del novio al lado derecho.

El cortejo nupcial inicia su entrada con los niños que portan las alianzas y las arras, pueden ir además acompañados según gustos o compromisos por otros niños que lleven flores, cestos con pétalos de rosas o cualquier otro detalle. Les siguen las damas de honor a excepción de la que lleva la cola del vestido de la novia, si esta es de grandes dimensiones o largo. Finalmente hace su aparición la novia al ritmo de los acordes de la marcha nupcial cogida del brazo izquierdo del padrino (salvo militares con sable que ofrecen su brazo derecho). Al llegar al altar el padrino entrega a la novia al novio y todos ocupan sus asientos para dar comienzo a la eucaristía. En bodas muy formales los padrinos pueden estar colocados a un lado del altar en lugar de a su lado u los niños del cortejo, testigos y damas de honor tener también un lugar preasignado en primera fila o en uno de los laterales.

Durante la ceremonia los niños que llevan las alianzas y las arras las entregan al sacerdote cuando este las requiere, aunque puede entregar las alianzas el padrino y las arras la madrina si no hay niños en el cortejo o si estos se rebelan en el ultimo momento, no hay que olvidar que son niños y no hay que forzarles corriendo el riesgo de que cojan una pataleta o se pongan a llorar.

Los novios además de comulgar, también beben del cáliz y una vez casados el novio levanta el velo de la novia y la besa.

El acto finaliza con la firma de los novios, padrinos y testigos en el altar o en la sacristía y la entrega de la certificación eclesiástica para inscribir legalmente en el registro civil la unión. Los padrinos salen de la iglesia precedidos por los testigos y todos los familiares y amigos esperan la salida de los novios en el atrio para lanzarles arroz o pétalos de rosa, en ningún caso garbanzos o alubias, que pueden lastimar a los novios y es un gesto de mal gusto inadmisible incluso como broma.

Ayuntamiento

Para contraer matrimonio civil el primer paso que debemos dar es acudir al Registro Civil de nuestra ciudad y recoger un impreso que debemos entregar cumplimentado junto con una fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, una partida de nacimiento, un certificado de empadronamiento o residencia que acredite el domicilio de los novios en los dos últimos años, un certificado de soltería o declaración jurada del estado civil de los dos novios y fotocopia del DNI de los testigos. Se inicia así la tramitación del expediente para que el Juez autorice la celebración del matrimonio civil y se os citará para recoger el auto.

En el caso de que alguno de los contrayentes sea viudo debe presentar además un certificado de fallecimiento de su anterior pareja. Si alguno de los novios esta divorciado tiene que acreditar mediante documento su divorcio o la nulidad del matrimonio anterior. Si el caso es que uno de los miembros de la futura pareja es extranjero y no cuenta con nacionalidad española o doble nacionalidad, entonces tiene que presentar un certificado del Consulado de su país de aptitud matrimonial y nacionalidad. Los documentos extranjeros, excepto los plurilingües, tendrán que estar traducidos al castellano por un intérprete oficial y legalizados con la apostilla de La Haya. Finalmente si alguno fuese menos de edad necesita una dispensa judicial, aunque si tiene 16 años o más y vive emancipado no necesita este requisito al considerarlo como mayor de edad.

Es importante tener en cuenta las fechas de caducidad de los documentos.

La boda podrá celebrarse en la sede del Registro Civil, en una Junta de Distrito o en el Ayuntamiento. También puede celebrarse en otro emplazamiento si una persona con poderes para celebrar dicho matrimonio accede a casarnos allí.

Si optáis por casaros en el Registro los trámites serán más rápidos. Si preferís hacerlo en el Ayuntamiento o en otro lugar, tendréis que advertirlo antes para que se emita un certificado del juzgado unos meses después de solicitarlo.

En cualquiera de los casos los novios serán informados, ya sea por el Registro o por el Servicio de Protocolo del Ayuntamiento, del lugar, fecha y hora de celebración del matrimonio con antelación suficiente.

El día de la boda acudiremos acompañados de al menos dos testigos mayores de edad que no sean miembros de nuestra familia y que aportarán su D.N.I. para acreditar su identidad. En el caso de que uno de los novios no vaya a estar presente en la celebración, estará presente su apoderado. El encargado de celebrar el matrimonio, por ejemplo el Alcalde, procede a leer los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil. Después pregunta a los novios si consienten en contraer matrimonio y si ambos contestan afirmativamente los declara unidos en matrimonio. El acto finaliza con la firma del registro de los novios y los testigos. La boda viene a durar aproximadamente unos 15 minutos. Un ejemplar del Acta se remite al Registro Civil para la inscripción en el Registro y la entrega del Libro de Familia.